Buen Gobierno
Fundación Don Bosco
Nos comprometemos con la defensa de los Derechos Humanos y los Derechos de la Infancia como derechos de toda persona humana. Defendemos la igualdad entre hombres y mujeres como un derecho fundamental que se ha de garantizar en todos los ámbitos de la vida y denunciamos todo tipo de discriminación y violencia por motivos de género.
La Fundación Don Bosco se rige por un Código Ético y cuenta con una Política anti-fraude y corrupción, Código de Conducta de buen trato, Protocolo de buen trato, Plan de Igualdad y Protocolo frente el acoso sexual laboral, con el objetivo de potenciar la ética corporativa por parte de todas las personas que se relacionan con la entidad en el ejercicio de su actividad.
Somos entidad certificada con Sistema de Protección Interno de niños, niñas, adolescentes y personas en situación de vulnerabilidad
Contamos con sistema de gestión de la calidad certificado por Eduqatia de acuerdo a la norma UNE-EN ISO 9001:2015

Somos socios activos de la Asociación Española de Escuelas de Segunda Oportunidad y contamos con seis E2O acreditadas
Alcance del Sistema Interno de Protección
Personas atendidas, contratadas, voluntarias o relacionadas con la ejecución de proyectos y servicios de la Fundación que fomentan la promoción y pleno desarrollo de la infancia, la adolescencia y la juventud en situación de desigualdad social y de otros colectivos que se encuentran en situación de vulnerabilidad en Andalucía, Extremadura y Canarias.
Patronato de la Fundación
Es el órgano supremo de decisión de la Fundación Don Bosco. Se encuentra presidido por el Vicario del Inspector Salesiano de la Inspectoría Salesiana María Auxiliadora y está conformado por cargos natos de su Consejo Inspectorial y personas con cargos de responsabilidad en la fundación
Consejo de Dirección de la Fundación
Tiene carácter ejecutivo, está presidido por el Director General y conformado por las personas que ejercen la dirección de las distintas áreas de actividad y por las que ejercen las direcciones territoriales
Comisión de Protección
La comisión de protección estará integrada de forma permanente por la Dirección General de la entidad, que la preside, la persona designada como responsable de protección, la dirección del área de recursos humanos, la dirección de administración y la dirección de diseño y desarrollo de proyectos.
Comisión de Atención al Acoso Sexual y por Razón de sexo
Estará formada por dos personas técnicas, en el que al menos una de ellas sea la persona que ejerza la dirección de área de Recursos humanos, y otras dos de la representación legal de las personas trabajadoras. En caso de no existir esta, la Fundación Don Bosco designará a una persona de la plantilla de atención directa y otra de mandos intermedios.
descarga de documentos
Ofrecemos a continuación los códigos, políticas y protocolos que tienen relación con en Buen Gobierno de la Fundación Don Bosco
Principios y posicionamiento en materia de igualdad
La Dirección de la Fundación Don Bosco Salesianos Social hace suyos los siguientes principios rectores de este Plan de Igualdad con el firme compromiso de que sean de aplicación de manera completa y transversal.
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Principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres
La igualdad de trato supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil.
Principio de no discriminación directa por razón de sexo
La discriminación directa por razón de sexo se define como la situación en que se encuentra una persona que sea o haya sido tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable, así como todo trato desfavorable relacionado con el embarazo o maternidad.
Principio de no discriminación indirecta por razón de sexo
La discriminación indirecta por razón de sexo, se define como la situación en que una disposición, criterio o práctica pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas de otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica pueda justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados.
Principio de prohibición del acoso sexual
Se considera acoso sexual cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.
Principio de prohibición del acoso por razón de sexo
Se considera acoso por razón de sexo cualquiera comportamiento realizado en función del sexo de una persona con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.
Principio de indemnidad frente a represalias
Supone la prohibición de cualquier trato adverso o efecto negativo que se produzca para una persona como consecuencia de la presentación por su parte de queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso, de cualquier tipo, destinados a impedir su discriminación y a exigir el cumplimiento efectivo del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres.
Principio transparencia retributiva
El principio de transparencia se define como aquel que permite obtener información suficiente y significativa sobre el valor que se le atribuye a la retribución de las personas trabajadoras.
Principio de transversalidad de las políticas de género
Supone que la igualdad de mujeres y hombres debe asegurarse en todas las áreas, incluyendo el acceso al empleo, condiciones de trabajo y salario.
organigrama de la Fundación Don Bosco
para la realización de su misión, la Fundación Don Bosco articula un organigrama adaptado a la gestión de los recursos con los que cuenta
